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La globalización y la actual crisis económica presentan un marco contextual dónde el flujo de migraciones extracontinentales no deja de aumentar. En España jóvenes cualificados emigran al extranjero en busca de nuevas oportunidades laborales. Sin embargo, Cataluña, la comunidad analizada, no deja de acoger jóvenes extranjeros cualificados que se incorporarán el mercado laboral. Según la Encuesta de Población Activa, el número de parados entre los extranjeros que residen en España ha descendido en 145.400 personas durante el  segundo trimestre de 2013. ¿Cómo es la contratación de trabajadores extranjeros en España? ¿Con qué dificultades se encuentran estos? ¿Existen organismos y programas dedicados a la integración cultural, social y laboral de estos extranjeros?

Podemos clasificar a estos inmigrantes que vienen a trabajar a España dentro de dos grandes grupos: comunitarios y no comunitarios.

 

Los extranjeros comunitarios son los que provienen de los países de la Unión Europea, Suiza, Islandia, Liechtenstein y Noruega. Éstos, una vez que hayan sido inscritos en el Registro Central de Extranjeros no necesitarán realizar ningún otro trámite para trabajar en España ya que pueden acogerse al Reglamento de Extranjería RD 557/2011, del 20 de Abril, por el cual se encuentran en igualdad de condiciones con los ciudadanos españoles. La cercanía y la libre circulación por el Espacio Económico Europeo facilitan la recepción de las personas. Sin embargo existen tres países con estrictas limitaciones temporales a la libre circulación de personas: Bulgaria, Croacia y Rumanía.

 

 

 

Los extranjeros no comunitarios y no residentes en España tendrán que cumplir una serie de requisitos para poder venir a trabajar a España más restrictivas que las condiciones de los ciudadanos comunitarios:

 

  • Que la profesión que vayan a realizar esté incluida en la lista de ocupaciones de difícil cobertura. Esta lista está dividida por provincias y se publica trimestralmente por el Instituto Nacional de Empleo.

  • El empresario que contrate al trabajador tendrá que estar inscrito en la seguridad social y tener medios económicos para seguir adelante con su proyecto.

  • El trabajador deberá estar en situación regular y no tener antecedentes penales.

 

Infografía de creación propia. Alba Vera. 

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